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El carácter revisor de la jurisdicción contencioso-administrativa impide considerar nuevas “causas de pedir” que no se hayan planteado, adecuadamente, en la reclamación de responsabilidad patrimonial. De lo contrario, se estaría produciendo una desviación procesal que no tiene encaje en el ordenamiento jurídico español, de acuerdo con reiterada jurisprudencia.

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Los tribunales portugueses han establecido numerosas rúbricas para posibles indemnizaciones en los casos de responsabilidad/negligencia médica en los que el perjudicado ha optado por la vía civil, presentando una demanda ante los tribunales civiles.

El conocimiento de estas hipótesis y la adecuación de las pretensiones a la experiencia jurisprudencial es esencial para el "éxito" de la demanda

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