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Accidente de trabajo y las vías para reclamar una indemnización

Cuando un trabajador en el desarrollo de su actividad profesional sufre un accidente por omisión de las medidas de seguridad o medios de protección por parte del empresario, tiene derecho a reclamar la correspondiente indemnización por los daños causados por el accidente.

El presente articulo va dirigido a que el lector adquiera las nociones básicas en materia de accidentes laborales. En concreto, en lo relativo al concepto, derechos del trabajador y jurisdicción conocedora de esta materia.

¿Qué es un accidente laboral?

Según el artículo 156 del Real Decreto Legislativo de 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social establece que “se entiende por accidente de trabajo toda lesión corporal que el trabajador sufra con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecute por cuenta ajena.

Tendrá la consideración de accidente laboral

a) Los que sufra el trabajador al ir o al volver del lugar de trabajo. (in itinere)

b) Los que sufra el trabajador con ocasión o como consecuencia del desempeño de cargos electivos de carácter sindical, así como los ocurridos al ir o al volver del lugar en que se ejerciten las funciones propias de dichos cargos.

c) Los ocurridos con ocasión o por consecuencia de las tareas que, aun siendo distintas a las de su grupo profesional, ejecute el trabajador en cumplimiento de las órdenes del empresario o espontáneamente en interés del buen funcionamiento de la empresa.

d) Los acaecidos en actos de salvamento y en otros de naturaleza análoga, cuando unos y otros tengan conexión con el trabajo.

e) Las enfermedades, no incluidas en el artículo siguiente, que contraiga el trabajador con motivo de la realización de su trabajo, siempre que se pruebe que la enfermedad tuvo por causa exclusiva la ejecución del mismo.

f) Las enfermedades o defectos, padecidos con anterioridad por el trabajador, que se agraven como consecuencia de la lesión constitutiva del accidente.

g) Las consecuencias del accidente que resulten modificadas en su naturaleza, duración, gravedad o terminación, por enfermedades intercurrentes, que constituyan complicaciones derivadas del proceso patológico determinado por el accidente mismo o tengan su origen en afecciones adquiridas en el nuevo medio en que se haya situado el paciente para su curación.”

¿Qué derechos tiene el trabajador que ha sufrido un accidente de trabajo?

El trabajador, victima de un accidente de laboral, tiene que conocer los derechos que puede hacer valer. Estos derechos son: • Percibir la prestación por incapacidad temporal (baja médica) • Reclamar al empresario el recargo de prestaciones de la seguridad social • Reclamar la responsabilidad civil al empresario por los daños causados • Reclamar la indemnización prevista en el seguro del convenio (especialmente en los accidentes de trabajo que tenga lugar en el ámbito de la construcción)

¿A que jurisdicción corresponde el conocimiento de los procedimientos sobre accidente laboral?

La cuestión planteada alberga diversas dudas a los propios abogados cuando defienden los intereses de su cliente, toda vez que, puede corresponder indistintamente a tres jurisdicciones: Penal, Civil y Social.

Jurisdicción Penal: habitualmente se acudirá a este procedimiento cuando el accidente revista especial gravedad (por ejemplo, fallecimiento o lesiones graves al trabajador) o sea derivado de una conducta constitutiva de un delito contra el derecho de los trabajadores. El inconveniente de acudir a este orden jurisdiccional es la demora en la tramitación del procedimiento.

Jurisdicción Civil: debido a que un accidente de laboral lleva consigo el derecho del trabajador a exigir la correspondiente responsabilidad civil por daños al empresario es esta jurisdicción la que, a priori, conocerá de este procedimiento. El inconveniente de esta jurisdicción es, además de la demora en el procedimiento, la eventual condena en costas al litigante vencido.

Jurisdicción Social: como consecuencia de que el hecho del accidente laboral acaece en el ámbito de una relación laboral previa entre el empresario y el trabajador, la jurisprudencia del Tribunal Supremo ha declarado a esta jurisdicción como la garante de la normativa de prevención de riesgos laborales. En este sentido, el orden social ofrece un procedimiento de mayor celeridad y con ausencia de condena en costas.

¿Has sufrido un accidente de trabajo y quieres reclamar tu indemnización? En ESM reclamación sociosanitaria contamos con un equipo de abogados especialistas en reclamaciones por accidentes de trabajo que te asesorarán y asistirán en todo el procedimiento.

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