Indemnizan a un paciente con 50.000 euros por una negligencia médica en Extremadura
El TSJ de Extremadura condena al Servicio de Salud de Extremadura a indemnizar con 50.000 euros a una paciente por una negligencia médica.
Una paciente de avanzada edad, que sufrió una caída fortuita, acudió a su centro de salud señalando la pérdida de fuerza en un lado del cuerpo, lo que determinó que la derivaran al Hospital.
En el Hospital, tras realizar un examen radiológico, no encontraron evidencias concluyentes de lesión, aunque se obviaron las analíticas que exhibían una fuerte leucocitosis, siendo dada de alta sin que se constatara su origen.
Según señala la Sentencia del TSJ de Extremadura, si la paciente hubiese continuado en observación, se podrá haber observado, con las pruebas oportunas, que presentaba una fractura que, en cualquier momento, podría haber seccionado su médula, como así ocurrió.
Así pues, la paciente sufrió tetraparesia grave por sección medular incompleta C5-C6 y C7 de etiología traumática, con pérdida de movilidad y discapacidad del 78%.
La omisión de pruebas y la falta de atención es lo que ha determinado la apreciación de existencia de negligencia médica, dado que, si bien la lesión que presentaba la paciente era grave, queda aún la incertidumbre de si la actuación médica hubiese evitado ese resultado, es decir, se ha tenido en cuenta la pérdida de oportunidad.
El TSJ de Extremadura ha fijado la indemnización por negligencia médica en 50.000 euros, considerando la incertidumbre de pronóstico, la edad de la paciente y otras variables.
De este modo, como se ve, las negligencias médicas al final son indemnizadas por los servicios públicos pero, eso si, es necesario probar la existencia de las mismas.
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ESM Reclamación Sociosanitaria
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