Condenan a una Mutua a pagar a un hombre 55.000 euros por una negligencia médica
El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha condenado a una Mutua por una negligencia médica que ha determinado que un paciente quedara ciego de un ojo.
El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha condenado a Unión de Mutuas a indemnizar con 55.000 euros a un paciente que quedó ciego de un ojo por una negligencia sufrida en un hospital valenciano.
Así, el tribunal ha estimado parcialmente la demanda presentada por el paciente, tras ser desestimada por la Mutua por silencio negativo, fijando una indemnización de 55.000 euros por responsabilidad patrimonial.
La negligencia, según detalla la sentencia, se produjo por posponer indebidamente una cirugía urgente que precisaba ante la perforación ocular con alojamiento de cuerpo extraño en su ojo derecho, determinándose pericialmente que podría haberse llevado a cabo una cirugía de extracción del cuerpo extraño que, además, muy posiblemente estuviese contaminado.
Así, posteriormente, no se pudo realizar ninguna cirugía o tratamiento para revertir el proceso de alteración de la estructura anatómica del ojo en relación con endoftalmitis postraumática, lo que ha determinado la pérdida de visión en dicho ojo.
Una vez más, como abogados expertos en negligencias médicas insistimos en la necesidad de, si se sospecha que ha habido alguna demora o problema en el tratamiento, acudir a un especialista que pueda orientarte y aconsejarte sobre posibles acciones.
Si piensas que has podido sufrir una negligencia médica o alguna incidencia sospechosa en un tratamiento que pueda ser considerable como negligente.
ESM Reclamación Sociosanitaria
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